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Derechos fundamentales

              Artículo 41. Estudio de la Constitución y la instrucción cívica

 

Artículo 11. Derecho a la vida 


 Artículo 40. Derecho de participación


      Artículo 12. Derecho a la integridad personal

      Artículo 13. Derecho a la libertad e igualdad ante la ley

      
Artículo 14. Derecho a la personalidad jurídica

      
Artículo 15. Derecho a la intimidad

      
Artículo 16. Derecho al libre desarrollo de la personalidad

      
Artículo 17. Prohibición de toda forma de esclavitud, servidumbre
      y trata de seres humanos


      
Artículo 18. Libertad de conciencia

      
Artículo 19. Libertad de cultos

      
Artículo 20. Libertad de expresión e información

      
Artículo 21. Derecho a la honra

      
Artículo 22. La paz como derecho y deber

      Artículo 23. Derecho de petición


      
Artículo 24. Derecho de circulación y residencia

      
Artículo 25. Derecho al trabajo

      
Artículo 26. Libertad de escoger profesión, ocupación, arte u oficio

      
Artículo 27. Libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra

      
Artículo 28. Derecho a la libertad personal

      
Artículo 29. Derecho al debido proceso

      
Artículo 30. Habeas corpus

      
Artículo 31. Principio de las dos instancias

      
Artículo 32. Aprehensión en flagrancia

      
Artículo 33. Derecho a la no autoincriminación

      Artículo 34. Prohibición de ciertas penas: destierro, prisión perpetua
      y confiscación


      
Artículo 35. Extradición

      
Artículo 36. Derecho de asilo

      
Artículo 37. Derecho de reunión y manifestación

      
Artículo 38. Derecho de asociación

      
Artículo 39. Derecho de sindicalización

DEBERES

Art. 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.

Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del ciudadano:

1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales;
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;
7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;
8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

 

RAMAS DEL PODER PUBLICO: ESTRUCTURA DEL ESTADO

NIVEL
RAMA LEGISLATIVA
RAMA EJECUTIVA
RAMA JUDICIAL
ORGANO ELECTORAL
ORGANISMOS DE CONTROL
NACIONAL CONGRESO DE LA REPUBLICA: Senado y Cámara. Presidente de la República.
Ministros.
Establecimientos públicos.
Empresas comerciales e industriales del Estado.
Economía mixta
 
Corte constitucional
Corte suprema de justicia
Consejo de Estado
Consejo Superior de la Judicatura
Fiscalía General de la Nación

 
Consejo Nacional electoral
Registraduría Nacional.
 
Ministerios PúblicosContraloría General de la República
Procuraduría General de la Nación
Defensor del Pueblo

 Contralor
DEPARTAMENTALAsamblea departamental
Gobernador
Departamentos Adtivos
Empresas comerciales e industriales del departamento.
Economía mixta
 
Tribunales
Superiores
Tribunales de lo Contencioso Adtivo
Jueces
Registraduría departamental.
 
Procuraduría delegadaContraloría departamental
MUNICIPAL Concejo
Municipal
Alcalde
Empresas comerciales e industriales del departamento.
Economía mixta.
Departamentos Adtivos

Tribunales municipales
Jueces
Registraduría municipal.Personero MunicipalContralor municipal.
 1. Los municipios se pueden dividir en: - Comunas (Áreas Urbanas),
corregimientos /Áreas Rurales).
2. Dos o más municipios se pueden constituir en áreas metropolitanas
que a su vez pueden convertirse en Distritos.
     
DISTRITO CAPITAL
Consejo Distrital
Juntas.
Administradores
Locales
Alcalde Mayor
Alcalde Local
Tribunales distritales
Jueces
Registraduría
Distrital
Personero
Contralor Distrital
TERRITORIOS INDIGENASCONSEJOS INDIGENAS (POR REGLAMENTAR)
1. Los municipios y territorios indígenas podrán constituirse en “provincias” por las Asambleas o por iniciativa del gobernador, de los Alcaldes o por los propios ciudadanos.

 

 Ministerios república de Colombia

 Ministerio del interior y  justicia

Ministerio de medio ambiente y desarrollo territorial

Ministerio de agricultura y desarrollo rural

Ministerio de relaciones exteriores

Ministerio de educación nacional

Ministerio de minas y energía

Ministerio de cultura

Ministerio de transporte

Ministerio de comercio industria y tursismo

Ministerio de trabajo y protección social

Ministerio de salud

Ministerio de economía

Ministerio de comunicaciones

 

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